Page 132 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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DERECHO HUMANO
               A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA






           Es el derecho que las mujeres tienen “a que ninguna acción u omisión,
           basada en el género”, le “cause daño o sufrimiento psicológico, físico,
           patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado
           como en el público” (SEGOB, 2016).



          Ordenamientos legales


          Nacionales


           Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia


              “Artículo  1.  La  presente  ley  tiene  por  objeto  establecer  la
              coordinación  entre  la  Federación,  las  entidades  federativas,
              las  demarcaciones  territoriales  de  la  Ciudad  de  México  y  los
              municipios  para  prevenir,  sancionar  y  erradicar  las  violencias
              contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como los principios
              y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias,
              así  como  para  garantizar  el  goce  y  ejercicio  de  sus  derechos
              humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la
              Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”


           Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

              “Artículo  46.  Niñas,  niños  y  adolescentes  tienen  derecho  a  vivir
              una  vida  libre  de  toda  forma  de  violencia  y  a  que  se  resguarde
              su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de
              bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.”








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