Page 132 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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DERECHO HUMANO
A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA
Es el derecho que las mujeres tienen “a que ninguna acción u omisión,
basada en el género”, le “cause daño o sufrimiento psicológico, físico,
patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado
como en el público” (SEGOB, 2016).
Ordenamientos legales
Nacionales
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
“Artículo 1. La presente ley tiene por objeto establecer la
coordinación entre la Federación, las entidades federativas,
las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los
municipios para prevenir, sancionar y erradicar las violencias
contra las mujeres, adolescentes y niñas, así como los principios
y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias,
así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos
humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
“Artículo 46. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir
una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde
su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de
bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.”
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