LA CDH PUEBLA EMITE RECOMENDACIÓN AL PRESIDENTE DEL MUNICIPIO DE PUEBLA, POR LA VIOLACIÓN A DIVERSOS DERECHOS HUMANOS COMETIDOS EN AGRAVIO DE LA SEXUALIDAD DE UNA MUJER Y SU REVICTIMIZACIÓN POR PARTE DE ELEMENTOS DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
• Se acreditó la violación a los derechos humanos a la Integridad y Seguridad personal, así como a la Dignidad en relación con un trato digno y a la Intimidad por actos cometidos en agravio de la sexualidad de la víctima; el Derecho a la no Discriminación y a una Vida Libre de Violencia en su vertiente de Violencia Institucional y a la Seguridad Jurídica
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla), emitió la Recomendación 36/2023, al presidente Municipal de Puebla, Puebla, por la vulneración a los derechos humanos a la Integridad y Seguridad personal, así como a la Dignidad en relación con un Trato Digno y a la Intimidad por actos cometidos en agravio de la sexualidad de la víctima; así como su posterior revictimización que vulneró su Derecho a la no Discriminación y a una Vida Libre de Violencia en su vertiente de Violencia Institucional y a la Seguridad Jurídica.
El 17 de marzo de 2023, una persona se comunicó a esta Comisión para presentar una queja, ya que aseguró que elementos de la policía habrían abusado de su hermana, quien en esos momentos se encontraba en la comandancia de Rancho Colorado siendo hostigada; ante esto, por instrucciones del presidente de este organismo, se conformó un grupo interdisciplinario integrado por personas visitadoras adjuntas y una persona especialista en medicina, quienes se trasladaron a las instalaciones de la SSC de “Rancho Colorado” en el Municipio de Puebla, y posteriormente, a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Sexuales y Ciberacoso de la Fiscalía General del Estado de Puebla, con el propósito de realizar entrevistas y demás diligencias relacionadas con el procedimiento especial de exhibición de persona previsto en la Ley de la CDH Puebla.
Con base en el análisis de los hechos y evidencias que integran el expediente 2081/2023 y su acumulado 2119/2023, se acreditó que el 16 de marzo de 2023, dos agentes de seguridad pública municipal de la Secretaria de Seguridad Ciudadana (SSC), a bordo de una patrulla, marcaron el alto a una mujer que se trasladaba en su vehículo y le solicitaron la documentación de éste; al no contar con lo requerido, exigieron una suma de dinero por concepto de multa, pero ante la imposibilidad de la persona para entregar esa cantidad, uno de los agentes pidió mantener relaciones sexuales a cambio, dada la posición de poder en esta situación, la mujer aceptó y se trasladaron en ambos vehículos hasta un lugar apartado en donde el agente cometió el abuso sexual en la unidad oficial, retirándose posteriormente ambos agentes y dejando a la víctima en el lugar, hechos que vulneraron los derechos a la Integridad y Seguridad Personal, así como a la Dignidad en relación con un Trato Digno y a la Intimidad de la víctima.
Aunado a lo anterior, la mujer fue revictimizada por las personas servidoras públicas de la SSC, quienes llegaron al lugar en respuesta a una llamada de emergencia y después de llevar a la víctima a hacer un recorrido en donde identificó a las personas responsables, la trasladaron a las oficinas en Rancho Colorado, en donde la tuvieron encerrada en un cuarto, sin brindarle la atención médica urgente y ayuda inmediata, contraviniendo los parámetros establecidos en el orden jurídico mexicano para atender a una víctima de violencia sexual, con lo que se acreditó la violación a los derechos a la no Discriminación y a una Vida Libre de Violencia en su vertiente de Violencia Institucional y a la Seguridad Jurídica.
Por lo anterior, la CDH Puebla realizó las siguientes recomendaciones al Presidente Municipal de Puebla, Puebla:
- Instruya a quien corresponda para que, se solicite a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAVI) la inscripción de la víctima y la víctima indirecta, en el Registro Estatal de Atención a Víctimas, a fin de que puedan acceder a las medidas de ayuda, asistencia, atención y reparación integral del daño.
- Implemente de inmediato todas aquellas medidas que resulten necesarias para proporcionar atención psicológica y medica apropiada, suficiente y gratuita, a la víctima, mismas que deberán otorgarse de forma continua hasta que supere las secuelas producidas por los hechos ocurridos.
- Ordene al titular de la Unidad de Asuntos Internos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (UAI-SSC) que, en el ámbito de su competencia, continue con la investigación de responsabilidad administrativa por la conducta en que incurrieron los agentes de seguridad pública municipal.
- Dé vista al titular UAI-SSC del H. Ayuntamiento Municipal de Puebla, Pue., para que, en el ámbito de su competencia determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de responsabilidad por la falta de debida diligencia de las y los servidores públicos de la SSC, así como aquellos que brindaron atención inicial a la víctima y le provocaron una revictimización secundaria.
- Colabore ampliamente en el seguimiento y tramite de la carpeta de investigación con la Fiscalía General del Estado (FGE), así como con el Poder Judicial del Estado de Puebla (PJEP) en la carpeta judicial administrativa, a fin de que se investiguen y sancionen en materia penal, las responsabilidades en la que incurrieron los agentes de seguridad pública municipal.
- Realice las acciones necesarias para que se inicie la correspondiente investigación en contra de los agentes, por su probable responsabilidad en la comisión del delito abuso de autoridad, ya que, si bien, están vinculados a proceso por el delito de violación, no se ha investigado este otro delito.
- Instruya a quien corresponda para que proceda administrativa y presupuestalmente, con la finalidad de que se le otorgue a la víctima una indemnización compensatoria por los daños causados, la cual deberá ser acorde con las afectaciones descritas en el apartado precedente de esta Recomendación.
- Brinde a las y los servidores públicos adscritos a la SSC del H. Ayuntamiento de Puebla capacitación relativa al respeto, protección y garantía de los derechos humanos de las mujeres, establecidos en la legislación local, nacional e internacional, abarcando temas de violencia sexual e institucional, así como violencia de género y la protección de los derechos de las mujeres víctimas de violencia.
- Emita un protocolo de atención integral a mujeres víctimas de violencia sexual que contenga lineamientos de actuación y pasos a seguir por cada persona servidora pública que intervenga.
La CDH Puebla reafirma su compromiso con la protección, promoción y difusión de los derechos humanos de toda la ciudadanía de las personas que transitan por el estado.
Documento con fines de divulgación. La Recomendación es la única versión oficial