LA CDH PUEBLA EMITE RECOMENDACIÓN AL ISSSTEP POR LA VIOLACIÓN AL DERECHO HUMANO A LA SEGURIDAD JURÍDICA DE UNA PERSONA POR EL INCUMPLIMIENTO A UNA CONCILIACIÓN
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 6/2024 al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla (ISSSTEP), tras acreditar la violación al derecho humano a la seguridad jurídica de una persona, derivado del incumplimiento de la Conciliación 10/2023, emitida el 26 de octubre de 2023.
Con base en los hechos y evidencias que integran el expediente, para este organismo quedó acreditado que el 26 de octubre de 2023, el Primer Visitador General de este organismo realizó la propuesta de Conciliación número 10/2023, al Director General del ISSSTEP, quien dio contestación a la misma el 6 de noviembre de 2023, razón por la cual se dio por concluido el expediente de queja, remitiendo copia certificada de la Conciliación a la Dirección de Seguimiento a Recomendaciones, Conciliaciones y Asuntos Jurídicos (DSRCAJ) de la CDH Puebla, para verificar el cumplimiento de la misma.
El 28 de noviembre de 2023, el titular de la DSRCAJ emitió un acuerdo en el cual tuvo por cumplido el “PRIMER” punto conciliatorio, respecto a la Conciliación 10/2023, requiriendo al Director del ISSSTEP, para que en 10 días hábiles siguientes a partir de la fecha de recepción del oficio respectivo, remitiera las constancias que acreditaran las acciones tendientes al cumplimiento de los puntos “SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO”.
No obstante, el 1 de febrero de 2024, el titular de la Dirección de Seguimiento a Recomendaciones, Conciliaciones y Asuntos Jurídicos, emitió el acuerdo de incumplimiento de la Conciliación, dando por concluido el seguimiento de la misma, advirtiéndose la falta del cumplimiento total al referido documento.
Por lo antes señalado, esta CDHP, considera necesario que, en cumplimiento a sus obligaciones constitucionales e internacionales, en el caso que nos ocupa, el ISSSTEP debió dar total cumplimiento a la Conciliación, toda vez que dicho actuar causa perjuicio al derecho humano a la seguridad jurídica de la víctima.
En consecuencia, esta CDHP se permite formular, respetuosamente al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, las siguientes Recomendaciones:
- PRIMERA. Emita una circular a través de la cual instruya al personal encargado de tramitar y dar seguimiento a las solicitudes de pensión por inhabilitación, para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así como a los tratados internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano; circunstancia que deberá justificar ante este organismo.
- SEGUNDA. Dé vista al Órgano Interno de Control del ISSSTEP, para que en el ámbito de su competencia determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de responsabilidad por las omisiones de las personas servidoras públicas del ISSSTEP, que estuvieron involucradas en los presentes hechos; lo que deberá demostrar ante esta Comisión.
- TERCERA. Se brinde a las personas servidoras públicas del ISSSTEP capacitación relativa al respeto y protección de los Derechos Humanos, establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica, con el fin de evitar que actos como los señalados en el presente documento se repitan, debiendo remitir las evidencias que demuestren su cumplimiento a este organismo.
La CDH Puebla refrenda su compromiso por seguir trabajando en la promoción y protección de los derechos humanos de toda la ciudadanía y de las personas que transitan por su territorio.
* Documento con fines de divulgación. La Recomendación es la única versión oficial