LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE PUEBLA EMITIÓ LA RECOMENDACIÓN 27/2024 AL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO DE PUEBLA (ISSSTEP) POR LA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS A LA SEGURIDAD JURÍDICA Y A LA SEGURIDAD SOCIAL
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 27/2024 al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla (ISSSTEP) por la violación a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la seguridad social en agravio de una persona.
De las evidencias que integran el expediente de queja, quedó acreditado que el 9 de diciembre de 2019 una persona solicitó la apertura de su expediente de jubilación ante el Departamento de Pensiones y Jubilaciones del (ISSSTEP) mismo que fue iniciado en esa misma fecha y hasta el 10 de septiembre de 2024 fue notificada la persona peticionaria que resultaba favorable el inicio de su trámite pensionario.
Debido a que desde la fecha de apertura del expediente a la notificación de su inicio a la víctima, transcurrió en exceso lo que se podría considerar un plazo razonable para que el expediente pensionario hubiera sido dictaminado y sometido a consideración de la Junta Directiva del ISSSTEP, al no haber ocurrido de esta manera se obstaculizó el acceso a la jubilación solicitada como prestación de seguridad social a la que tiene derecho, afectando en agravio de la víctima, su derecho humano a la seguridad jurídica y a la seguridad social.
Por lo anterior, la CDH Puebla emitió las siguientes recomendaciones:
- Que el expediente pensionario abierto a nombre de la persona peticionaria, a la brevedad, sea integrado y dictaminado por las áreas correspondientes y sea sometido a la Junta Directiva para que determine lo que corresponda respecto del citado expediente, lo que deberá hacer mediante la emisión del dictamen respectivo, así como del acta, acuerdo y/o resolución en el que se pronuncie integralmente mediante una respuesta congruente, rápida, fundada y motivada, sobre la solicitud de la persona peticionaria, debiendo notificarle tal determinación.
- Emita una circular a través de la cual instruya al personal encargado de integrar, dictaminar y dar seguimiento a las solicitudes de jubilación para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano.
- Brinde a las personas servidoras públicas del ISSSTEP capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional principalmente los relacionados con la seguridad jurídica y la seguridad social, con especial énfasis en el plazo razonable, con el objetivo de evitar que actos como los señalados en el presente documento se repitan.
- Dé vista al Órgano Interno de Control del ISSSTEP, para que en el ámbito de su competencia determine sobre el inicio del procedimiento administrativo de responsabilidad por las omisiones en las que incurrieron las personas servidoras públicas del ISSSTEP, que estuvieron involucradas en los presentes hechos y en su oportunidad determine lo que conforme a derecho corresponda.
La CDH Puebla refrenda su compromiso por continuar trabajando en la promoción y protección de los derechos humanos de toda la ciudadanía y de las personas que transitan por su territorio.
* Documento con fines de divulgación. La Recomendación General es la única versión oficial