Comunicado 021/2025

 

LA CDH PUEBLA EMITE LA RECOMENDACIÓN 16/2025 AL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN MARTÍN TEXMELUCAN, RESPECTO A LA VULNERACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS A LA SEGURIDAD JURÍDICA Y A LA LEGALIDAD

La CDH Puebla emitió la Recomendación 16/2025 al Presidente Municipal de San Martín Texmelucan respecto a la vulneración a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la legalidad.

De la violación a los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la legalidad en agravio de V1 (Víctima Directa de la violación a los Derechos Humanos) cometida por personal del Ayuntamiento de San Martín Texmelucan, Puebla.

Para esta Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, quedó acreditado que el 26 de febrero de 2024, al momento del aseguramiento de V1, dos elementos adscritos a la Policía Municipal del Ayuntamiento de San Martín Texmelucan, Puebla, hicieron un uso excesivo de la fuerza aun cuando V1 no opuso resistencia, por lo cual se acreditó la violación a sus derechos humanos; por lo que el 29 de agosto de 2025, se notificó la propuesta de Conciliación 18/2025 al Presidente Municipal de San Martín Texmelucan, Puebla.

Se actualizó el supuesto previsto en el artículo 102 del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, debido a que la Síndica Municipal del Ayuntamiento de San Martín Texmelucan, Puebla, no se pronunció sobre la aceptación total de la propuesta de Conciliación, por lo cual fue procedente la emisión de la Recomendación 16/2025 consistente en los siguientes puntos:

•      Dar vista al titular de la Contraloría Municipal para que continue con la investigación y, en el momento procesal oportuno, determine el expediente administrativo aperturado con motivo de los hechos narrados por V1 relativos a su detención, así como dar vista al titular de la Contraloría Municipal para iniciar el procedimiento administrativo de investigación, al haberse actualizado el supuesto contenido en el artículo 69 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, por parte de la representante legal del Ayuntamiento.

•      Emitir una circular a través de la cual se instruya a los servidores públicos del Ayuntamiento para que en lo sucesivo sujeten su actuar a lo establecido en la normatividad local e internacional, respecto a la observancia y protección de los Derechos Humanos, concretamente los relativos a la seguridad jurídica, a la legalidad y a la correcta aplicación del uso de la fuerza.

•      Brindar capacitación a las personas servidoras públicas adscritas al Ayuntamiento, encargadas de las funciones de Seguridad Pública, relativa al respeto y protección de los derechos humanos, la cual deberá incluir, al menos, de manera enunciativa, los aspectos siguientes: derechos humanos, principios para el uso de la fuerza, adiestramiento en medios, métodos y técnicas para el control físico, adiestramiento en el empleo de armas menos letales; responsabilidades jurídicas derivadas del uso de la fuerza, actuaciones previas, durante y posteriores al uso de la fuerza.