Page 17 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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Derecho a la conservación del medio ambiente
“Principio 1. El hombre tiene derecho fundamental a la libertad,
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la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un
medio ambiente de calidad tal que le permita llevar una vida digna
y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger
y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y
futuras.”
Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y
Natural. (UNESCO)
“Artículo 4. Cada uno de los Estados Partes en la presente
Convención reconoce que la obligación de identificar, proteger,
conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el
patrimonio cultural y natural situado en su territorio, le incumbe
primordialmente. Procurará actuar con ese objeto por su propio
esfuerzo y hasta el máximo de los recursos de que disponga,
y llegado el caso, mediante la asistencia y la cooperación
internacionales de que se pueda beneficiar, sobre todo en los
aspectos financiero, artístico, científico y técnico.”
Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos
Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
“Protocolo de San Salvador” (OEA)
“Artículo 11.
1. Toda persona tiene derecho a vivir en un medio ambiente
sano y a contar con servicios públicos básicos.
2. Los Estados partes promoverán la protección,
preservación y mejoramiento del medio ambiente.”
Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos
Humanos de las Personas Mayores (OEA)
1 Todas las personas
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