Page 22 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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“Artículo 27.
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en
la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y
a participar en el progreso científico y en los beneficios
que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los
intereses morales y materiales que le correspondan
por razón de las producciones científicas, literarias o
artísticas de que sea autora.”
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(ONU)
“Artículo 15. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el
derecho de toda persona a:
a) Participar en la vida cultural;
b) Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus
aplicaciones;
c) Beneficiarse de la protección de los intereses morales
y materiales que le correspondan por razón de las
producciones científicas, literarias o artísticas de que sea
autora.”
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Hu-
manos, Protocolo de San Salvador (OEA)
“Artículo 14. Los Estados Partes en el presente Protocolo reconocen
el derecho de toda persona a:
a) Participar en la vida cultural y artística de la comunidad;
b) Gozar de los beneficios del progreso científico y
tecnológico;
c) Beneficiarse de la protección de los intereses morales
y materiales que le correspondan por razón de las
producciones científicas, literarias o artísticas de que sea
autora.”
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