Page 25 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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Derecho a la cultura
“Artículo 2.
1. Las personas pertenecientes a minorías nacionales
o étnicas, religiosas y lingüísticas (en lo sucesivo
denominadas personas pertenecientes a minorías)
tendrán derecho a disfrutar de su propia cultura, a
profesar y practicar su propia religión, y a utilizar su
propio idioma, en privado y en público, libremente y sin
injerencia ni discriminación de ningún tipo.
4. Las personas pertenecientes a minorías tendrán el
derecho de participar efectivamente en la vida cultural,
religiosa, social, económica y pública.”
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pue-
blos Indígenas (ONU)
“Artículo 5. Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y
reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas,
sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar
plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y
cultural del Estado.
Artículo 8. Los pueblos y los individuos indígenas tienen derecho a
no ser sometidos a una asimilación forzada ni a la destrucción de
su cultura.
Artículo 11. Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y
revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el
derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones
pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares
arqueológicos e históricos, objetos, diseños, ceremonias,
tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas”
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