Page 30 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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profesional, hacer que todos los niños dispongan de ella
y tengan acceso a ella y adoptar medidas apropiadas
tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la
concesión de asistencia financiera en caso de necesidad;
c) Hacer la enseñanza superior accesible a todos, sobre
la base de la capacidad, por cuantos medios sean
apropiados;
d) Hacer que todos los niños dispongan de información y
orientación en cuestiones educacionales y profesionales
y tengan acceso a ellas;
e) Adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a
las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar.”
Convención de la UNESCO relativa a la Lucha contra las Discrimina-
ciones en la Esfera de la Enseñanza (UNESCO)
“Artículo 4. Los Estados Partes en la presente Convención se
comprometen, además, a formular, desarrollar y aplicar una
política nacional encaminada a promover, por métodos adecuados
a las circunstancias y las prácticas nacionales, la igualdad de
posibilidades y de trato en la esfera de la enseñanza y, en especial,
a:
a) Hacer obligatoria y gratuita la enseñanza primaria,
generalizar y hacer accesible a todos la enseñanza
secundaria en sus diversas formas; hacer accesible
a todos, en condiciones de igualdad total y según la
capacidad de cada uno, la enseñanza superior; velar
por el cumplimiento por todos de la obligación escolar
prescrita por la ley;
b) Mantener en todos los establecimientos públicos
del mismo grado una enseñanza del mismo nivel y
condiciones equivalentes en cuanto se refiere a la calidad
de la enseñanza proporcionada;
c) Fomentar e intensificar, por métodos adecuados, la
educación de las personas que no hayan recibido
instrucción primaria o que no la hayan recibido en su
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