Page 34 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA
NO DISCRIMINACIÓN
“Derecho humano por el cual todas las personas deben ser
tratadas de la misma forma, sin distinciones o favoritismos. Implica
fundamentalmente que el Estado trate a todos sus ciudadanos de la
misma forma, sin privilegios y sin discriminaciones” (El observatorio
venezolano de la justicia, 2024).
Ordenamientos legales
Nacionales
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
“Artículo 1. Queda prohibida toda discriminación motivada por
origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades,
la condición social, las condiciones de salud, la religión, las
opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra
que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o
menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Artículo 4. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta
protegerá la organización y el desarrollo de la familia.”
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
“Artículo 6. La igualdad entre mujeres y hombres implica la
eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los
ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo.”
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
“Artículo 17. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que
se les asegure prioridad en el ejercicio de todos sus derechos,
especialmente a que:
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