Page 34 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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DERECHO A LA IGUALDAD Y A LA

                         NO DISCRIMINACIÓN





           “Derecho  humano  por  el  cual  todas  las  personas  deben  ser
           tratadas de la misma forma, sin distinciones o favoritismos. Implica
           fundamentalmente que el Estado trate a todos sus ciudadanos de la
           misma forma, sin privilegios y sin discriminaciones” (El observatorio
           venezolano de la justicia, 2024).


           Ordenamientos legales


           Nacionales

           Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

              “Artículo  1.  Queda  prohibida  toda  discriminación  motivada  por
              origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades,
              la  condición  social,  las  condiciones  de  salud,  la  religión,  las
              opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra
              que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o
              menoscabar los derechos y libertades de las personas.


              Artículo  4.  La  mujer  y  el  hombre  son  iguales  ante  la  ley.  Ésta
              protegerá la organización y el desarrollo de la familia.”
           Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres


              “Artículo  6.  La  igualdad  entre  mujeres  y  hombres  implica  la
              eliminación de toda forma de discriminación en cualquiera de los
              ámbitos de la vida, que se genere por pertenecer a cualquier sexo.”


           Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

              “Artículo  17.  Niñas,  niños  y  adolescentes  tienen  derecho  a  que
              se  les  asegure  prioridad  en  el  ejercicio  de  todos  sus  derechos,
              especialmente a que:

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