Page 31 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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Derecho a la educación



                           totalidad,  y  permitirles  que  continúen  sus  estudios  en
                           función de sus aptitudes;
                        d)  Velar  por  que,  en  la  preparación  para  la  profesión
                           docente, no existan discriminaciones.”

             Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
             (ONU)


                 “Artículo  24.  Los  Estados  Partes  reconocen  el  derecho  de  las
                 personas  con  discapacidad  a  la  educación.  Con  miras  a  hacer
                 efectivo  este  derecho  sin  discriminación  y  sobre  la  base  de  la
                 igualdad  de  oportunidades,  los  Estados  Partes  asegurarán  un
                 sistema  de  educación  inclusivo  a  todos  los  niveles  así  como  la
                 enseñanza a lo largo de la vida, con miras a:


                        a)  Desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido
                           de la dignidad y la autoestima y reforzar el respeto por
                           los derechos humanos, las libertades fundamentales y la
                           diversidad humana;
                        b)  Desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la
                           creatividad de las personas con discapacidad, así como
                           sus aptitudes mentales y físicas;
                        c)  Hacer  posible  que  las  personas  con  discapacidad
                           participen de manera efectiva en una sociedad libre.”

             Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Hu-
             manos de las Personas Mayores (OEA)

                 “Artículo 20. La persona mayor tiene derecho a la educación en
                 igualdad  de  condiciones  con  otros  sectores  de  la  población  y
                 sin  discriminación,  en  las  modalidades  definidas  por  cada  uno
                 de los Estados Parte, y a participar en los programas educativos
                 existentes en todos los niveles, y a compartir sus conocimientos y
                 experiencias con todas las generaciones.


                 Los Estados Parte garantizarán el ejercicio efectivo del derecho a
                 la educación de la persona mayor y se comprometen a:


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