Page 49 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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Derecho a la integridad y seguridad personal
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhu-
manos o Degradantes (ONU)
“Artículo 2.1. Todo Estado Parte tomará medidas legislativas,
administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir
los actos de tortura en todo territorio que esté bajo su jurisdicción.”
Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la
Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
(ONU)
“Artículo 1. 1 A los efectos de la presente Declaración, se entenderá por
tortura todo acto por el cual un funcionario público, u otra persona
a instigación suya, inflija intencionalmente a una persona penas o
sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener
de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla
por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, o
de intimidar a esa persona o a otras. No se considerarán tortura
las penas o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de la
privación legítima de la libertad, o sean inherentes o incidentales
a ésta, en la medida en que estén en consonancia con las Reglas
Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos.”
Convención Americana sobre Derechos Humanos (OEA)
“Artículo 5.
1. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad
física, psíquica y moral.
2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos
crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona
privada de libertad será tratada con el respeto debido a
la dignidad inherente al ser humano.
3. La pena no puede trascender de la persona del
delincuente.
4. Los procesados deben estar separados de los
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