Page 80 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la
constitución o por la ley.
Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena
igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal
independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos
y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella
en materia penal.”
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU)
“Artículo 14.1. Todas las personas son iguales ante los tribunales
y cortes de justicia. Toda persona tendrá derecho a ser oída
públicamente y con las debidas garantías por un tribunal
competente, independiente e imparcial, establecido por la ley, en la
substanciación de cualquier acusación de carácter penal formulada
contra ella o para la determinación de sus derechos u obligaciones
de carácter civil. La prensa y el público podrán ser excluidos de
la totalidad o parte de los juicios por consideraciones de moral,
orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática,
o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en
la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando
por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera
perjudicar a los intereses de la justicia; pero toda sentencia en
materia penal o contenciosa será pública, excepto en los casos
en que el interés de menores de edad exija lo contrario, o en las
acusaciones referentes a pleitos matrimoniales o a la tutela de
menores.”
Convención Americana sobre Derechos Humanos (OEA)
“Artículo 8.1. Toda persona tiene derecho a ser oída, con las
debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o
tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con
anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación
penal formulada contra ella, o para la determinación
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