Page 90 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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Convención  Interamericana  sobre  la  Protección  de  los  Derechos
           Humanos de las Personas Mayores (OEA)


              “Artículo  17.  Toda  persona  mayor  tiene  derecho  a  la  seguridad
              social que la proteja para llevar una vida digna.


              Los  Estados  Parte  promoverán  progresivamente,  dentro  de  los
              recursos disponibles, que la persona mayor reciba un ingreso para
              una vida digna a través de los sistemas de seguridad social y otros
              mecanismos flexibles de protección social.”


















































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