Page 90 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos
Humanos de las Personas Mayores (OEA)
“Artículo 17. Toda persona mayor tiene derecho a la seguridad
social que la proteja para llevar una vida digna.
Los Estados Parte promoverán progresivamente, dentro de los
recursos disponibles, que la persona mayor reciba un ingreso para
una vida digna a través de los sistemas de seguridad social y otros
mecanismos flexibles de protección social.”
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