Page 96 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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Artículo 29.
“[...]
En los decretos que se expidan, no podrá restringirse ni
suspenderse el ejercicio de los derechos a la no discriminación, al
reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad
personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad;
los derechos de la niñez; los derechos políticos; las libertades de
pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna;
el principio de legalidad y retroactividad; la prohibición de la pena
de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la
prohibición de la desaparición forzada y la tortura; ni las garantías
judiciales indispensables para la protección de tales derechos”.
Internacionales
Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU)
“Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a
la seguridad de su persona.”
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU)
“Artículo 6.1. El derecho a la vida es inherente a la persona humana.
Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado
de la vida arbitrariamente.”
Convención sobre los Derechos del Niño (ONU)
“Artículo 6.1. Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el
derecho intrínseco a la vida.”
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
(ONU)
“Artículo 10. Los Estados Partes reafirman el derecho inherente a
la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas
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