Page 105 - Catálogo general de hechos violatorios a derechos humanos
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Derecho al patrimonio cultural
c. usos sociales, rituales y actos festivos;
d. conocimientos y usos relacionados con la naturaleza
y el universo;
e. técnicas artesanales tradicionales.
3. Se entiende por “salvaguardia” las medidas encaminadas
a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial,
comprendidas la identificación, documentación,
investigación, preservación, protección, promoción,
valorización, transmisión -básicamente a través de la
enseñanza formal y no formal- y revitalización de este
patrimonio en sus distintos aspectos.”
Convención sobre la Protección y Promoción de la diversidad de las
Expresiones Culturales (ONU)
“Artículo 5. Las Partes, de conformidad con la Carta de las Naciones
Unidas, los principios del derecho internacional y los instrumentos
de derechos humanos universalmente reconocidos, reafirman su
derecho soberano a formular y aplicar sus políticas culturales y
a adoptar medidas para proteger y promover la diversidad de
las expresiones culturales, así como reforzar la cooperación
internacional para lograr los objetivos de la presente Convención.
Cuando una Parte aplique políticas y adopte medidas para
proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales
en su territorio, tales políticas y medidas deberán ser coherentes
con las disposiciones de la presente Convención.
Artículo 6. En el marco de sus políticas y medidas culturales, tal
como se definen en el párrafo 6 del Artículo 4, y teniendo en cuenta
sus circunstancias y necesidades particulares, las Partes podrán
adoptar medidas para proteger y promover la diversidad de las
expresiones culturales en sus respectivos territorios.”
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