Page 89 - Memoria del Congreso Hacia un objetivo cultural en la Agenda de Desarrollo Sostenible
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Conversatorio 1. El papel de los Ombusperson para el cumplimiento de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030
A nivel nacional, también se ha hecho un esfuerzo en relación con el censo
nacional de derechos humanos del INEGI, donde cada comisión estatal parti-
cipa para proporcionar datos estadísticos relacionados con el ejercicio de los
derechos humanos en cada entidad. Esto definitivamente permite promover
la generación, recopilación, consulta e intercambio de información sobre la
situación de los derechos humanos. No obstante, es necesario mejorar la he-
rramienta de medición del ejercicio de los derechos humanos. Cabe destacar
que en 2020, la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos
Humanos hizo un llamado a los gobiernos estatales para que sean partícipes
en el seguimiento de la implementación de la Agenda 2030.
A su vez, quiero enfatizar el papel de los organismos públicos de dere-
chos humanos en el cumplimiento del objetivo 16, que recalca el facilitar,
promover y fortalecer el acceso a la justicia para todas las personas y crear
instituciones eficaces, responsables e inclusivas en todos los niveles para
consolidar sociedades pacíficas e inclusivas y en particular, dado las atribu-
ciones que tienen los organismos públicos de derechos humanos, para faci-
litar el acceso a la justicia en relación con su función, que es de carácter no
jurisdiccional. Hay un indicador en la lista de seguimiento de los objetivos de
desarrollo sostenible que refiere la existencia misma en los respectivos paí-
ses de instituciones nacionales independientes de derechos humanos. En
México creo que hay mucho avance, un ejemplo es la red de un sistema no
jurisdiccional en defensa de los derechos humanos, tenemos consolidadas
comisiones; la comisión de derechos humanos, comisiones en todos los es-
tados de la república en pro de mecanismos de defensa y de investigación
de violación a derechos humanos que me parece que es un objetivo cum-
plido o de cumplimiento en este país. Creo que desde estos mecanismos, y
en particular tanto desde la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad
de México como de la Constitución Política de la Ciudad de México, tenemos
la atribución de complementar la justicia jurisdiccional y de ser un recurso
disponible para la exigibilidad de los derechos de las personas, tomando en
cuenta el territorio y la óptica de la justicia restaurativa de la reparación de
daños en violaciones a derechos humanos. Alrededor de hace tres años la
Comisión ha estado consolidando este mecanismo de acceso pronto a la efi-
cacia, a la justicia, a los medios alternativos, tanto para la prevención como
para la resolución de problemáticas y conflictos sociales en territorios a tra-
vés de mecanismos que responden a los principios de la justicia restaurati-
va. En este sentido, sólo para ejemplificar, en 2021 la Comisión proporcionó
un total de 42 000 servicios en beneficio de 45 000 personas agraviadas; 22
000 mujeres, 23 000 hombres, más de 500 colectivos, registro de 8 000 ex-
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