Page 39 - Garantía de autonomía y protección de los Drechos Humanos
P. 39
La importancia de la autonomía en la
organización de las elecciones
II. ¿Por qué son importantes los Órganos Constitucionales
Autónomos?
Dada la complejidad de la composición del Estado, cuya función se cumple a
través de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, fue necesario crear a los
Órganos Constitucionales Autónomos (OCA), a los que se les han conferido
atribuciones o encomiendas específicas: “Los órganos constitucionales
autónomos son aquéllos creados inmediata y fundamentalmente en
la Constitución y que no se adscriben a los poderes tradicionales del
Estado. También pueden ser los que actúan con independencia en sus
decisiones y estructura orgánica, depositarios de funciones estatales que
se busca desmonopolizar, especializar, agilizar, independizar, controlar
o transparentar ante la sociedad, con la misma igualdad constitucional”
(Preciado & Navarro, 2018). Desde un punto de vista jurídico, su naturaleza
autónoma deviene del propio texto constitucional, que los convierte en
poderes públicos distintos de los tres poderes tradicionales. Los OCA
tienen como propósito administrar ciertas áreas o sectores estratégicos del
Estado que no pueden quedar supeditados a los designios del gobierno;
es decir, forman parte de la estructura del Estado, quien actúa a través de
ellos (Ruíz, 2017).
Los OCA representan un logro de la ciudadanía dado que se
concibieron para garantizar y proteger sus derechos frente al gobierno
al constituirse como órganos independientes de éste. Fueron instancias
fundamentales para encauzar la transición a la democracia; es decir, se
establecieron con el propósito de democratizar el sistema político a partir de
la sustracción de atribuciones que recaían previamente bajo el espectro de
control gubernamental (INE, 2022). Así, “todos los órganos constitucionales
autónomos en el país ejercen funciones que antes, en el presidencialismo
autoritario del régimen del siglo pasado, se cumplían por el gobierno
[…] nacen como una manera de erosionar ese hiperpresidencialismo que
constituía el problema fundamental a resolver para democratizarnos” (INE,
2022).
En otras palabras, se crearon para tener funciones más técnicas o
especializadas además de concebirse como instancias autónomas a efecto
~ 39 ~