Page 115 - Garantía de autonomía y protección de los Drechos Humanos
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El amparo en contra de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos





            de auxilio a los tribunales en sentido estricto, que la figura del ombudsman
            les brinda en su labor protectora de los derechos humanos, que si bien
            culmina con una determinación no vinculante —en aquellos supuestos en
            que se acredita una violación—, tienen la auctoritas de la publicidad.



                     A. La garantía jurisdiccional de los derechos humanos

            La protección jurisdiccional de los derechos humanos tiene sus orígenes en
            la famosa sentencia dictada por la Suprema Corte de los Estados Unidos en
            el caso Marbury v. Madison, con la que se creó el judicial review (Beltrán
            & González, 2005: 87-115) . La idea de que los jueces revisaran los actos
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            contrarios  a los derechos  tuvo  un gran  impulso  en otras  naciones en el
            pensamiento de Hans Kelsen, que en su debate con Carl Schmitt defendió
            la postura del control jurisdiccional (Schmitt & Kelsen, 2009) .
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                    Producto  de su origen,  las garantías  jurisdiccionales  pueden
            corresponder a un modelo norteamericano, en el que el control es difuso
            entre los distintos tribunales; o pueden ser del modelo kelseniano, en donde
            el control queda concentrado en un único tribunal constitucional.

                    En las naciones iberoamericanas el control jurisdiccional ha sido el
            medio más socorrido para garantizar los derechos humanos, a través de
            instrumentos de distinta especie, como el amparo, el recurso de protección,
            la  acción  de  tutela  o  el  mandado  de  seguraça  (Fix-Zamudio  &  Valencia,
            2012: 216-217).

                    En México, aunque  contamos con un mecanismo  típicamente
            kelseniano  para  la  defensa  de  los  derechos,  como  es  la  acción  de
            inconstitucionalidad, es el amparo es la garantía por antonomasia, desde
            que se introdujera en 1847.  El amparo es el proceso por medio del cual el
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            5   U.S. 137 1803.
            6   Las ideas de Kelsen se expresaron en su obra “El protector de la Constitución”, y las de Schmitt en su
                obra “Quién debe defender la Constitución”.
            7   Sobre la evolución del amparo, consultar Soberanes & Martínez, 2002.



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