Page 93 - Garantía de autonomía y protección de los Drechos Humanos
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Los retos de los ombusperson locales en el Estado Mexicano
En este apartado analizaré la manera en la que los tiempos y actores
políticos pueden incidir en el funcionamiento y estructura de las comisiones
de derechos humanos.
A. Hechos
Al inicio del presente sexenio, desde los grupos parlamentarios del
Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) y del Partido del Trabajo
(PT) se planteó la necesidad de una reforma constitucional enfocada en
transformar la actual CNDH en una Defensoría del Pueblo (Chávez, 2019),
siguiendo el modelo institucional adoptado en países como España,
Venezuela, Ecuador y Panamá, por mencionar algunos casos.
Transformar las instituciones no es algo negativo; al contrario, en
ocasiones es indispensable para que alcancen los propósitos para los cuales
fueron originalmente ideadas y con ello se fortalezca el Estado de Derecho.
Sin ir demasiado lejos, en México el tránsito de procuradurías a fiscalías
de justicia es una necesidad para garantizar la autonomía de la institución
del Ministerio Público y desligar del ámbito del ejecutivo la facultad de
investigar delitos. Resulta curioso que los países latinoamericanos de los
que México ha importado la idea de fiscalía autónoma, son también aquellos
que cuentan con una Defensoría del Pueblo:
Determinados sistemas jurídicos en Latinoamérica, como son los
casos de Ecuador – Fiscalía General del Estado, órgano autónomo
de la Función Judicial – y Panamá, han planteado desde hace
décadas la prevalencia del principio de autonomía en la función
acusadora, a fin de evitar la posibilidad de conflicto y relaciones
de dependencia con otros poderes estatales, y con ello dotar de
plena capacidad jurídica, económica, administrativa y funcional a
la Institución del Ministerio Público, situación que ya está siendo
atendida en el Estado mexicano…(Carreón, 2021: 27 y 28)
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