Page 94 - Garantía de autonomía y protección de los Drechos Humanos
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Manuel Jorge Carreón Perea





                  A pesar de lo anterior, considero que transformar las comisiones
           de derechos humanos en defensorías implicaría inicialmente un desacierto,
           ya  que,  a  lo  largo de  tres  décadas, a  pesar de  sus sinos, las comisiones
           desarrollan un trabajo efectivo y eficaz en términos generales, gozando en
           la mayoría de los casos de una reputación consolidada. Iniciar desde cero,
           bajos nuevas reglas y procesos, podría ocasionar que todo lo ganado se
           pierda .
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                  Incorporar a nuestra realidad jurídica instituciones que responden
           a otros contextos y tradiciones culturales no siempre es positivo y los
           ejemplos sobran. Veamos un caso: el diseño del sistema acusatorio tomado
           del modelo chileno resultó inaplicable para  México, a pesar de que se
           invirtieron grandes sumas de dinero y esfuerzo que resultaron infructuosas .
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                  Al principio del apartado  hice referencia  a que el procedimiento
           de selección de las personas titulares de los organismos puede sujetarse
           a cuestiones políticas, lo cual desafortunadamente  ocurre  en diferentes
           entidades del país. A continuación, expongo un ejemplo para sustentar esta
           afirmación.


                  En  Hidalgo,  el 27 de  agosto  de  2021, el entonces  titular  de  la
           Comisión de Derechos Humanos estatal, Alejandro Habib Nicolás renunció
           a su cargo para ocupar la titularidad de la Procuraduría General de Justicia
           del Estado. A los pocos meses (en noviembre) inició el proceso de elección
           de la nueva persona que fungiría como titular de la Comisión de Derechos
           Humanos, la cual iniciaría funciones el 1° de enero de 2022.




           4   Actualmente (febrero de 2023) se debate nuevamente la propuesta de reformar la Constitución para
               que se cuente con una Defensoría del Pueblo y dejar atrás a la CNDH. Se le atribuirían nuevas faculta-
               des a este organismo como hacer obligatorias sus recomendaciones, pero no deja de llamar la aten-
               ción que nuevamente se dejan de lado figuras importantes como el juicio de residencia que formaron
               parte del derecho novohispano y de los primeros años de vida independiente del país.
           5   Aclaro que no realizo una crítica al proceso penal acusatorio en sí – al que reconozco méritos y apor-
               taciones relevantes en materia de acceso a la justicia – sino a la forma en la cual se intentó trasladar el
               sistema que operaba en Chile a nuestro país sin comprender que cultural, política y geográficamente
               el país andino difiere sustancialmente del nuestro.




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