Page 67 - Garantía de autonomía y protección de los Drechos Humanos
P. 67

El futuro de los órganos constitucionales autónomos en México





            económicas  y  sociales;  y,  5)  plantea  una  integración  internacional  más
            simétrica que la que se predica en otras latitudes (Viciano & Martínez, 2010:
            9-43) .
                 2

                    Uno de los  rasgos del nuevo constitucionalismo  latinoamericano,
            que ha provocado  un fuerte  debate,  tiene que ver con la legitimidad
            democrática de origen de los propios órganos y de sus titulares (Salazar,
            2013:  345-387),  tales  son  los  casos,  de  la  elección  mediante  sufragio
            universal de los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional que
            se prevé en la Constitución de Bolivia y la fallida pretensión de elección
            por sufragio universal de los titulares del Consejo de la Magistratura en
            Argentina. Los artículos 197 y 198 de la Constitución de Bolivia indican que
            el Tribunal Constitucional Plurinacional estará integrado por magistradas y
            magistrados elegidos con criterios de plurinacionalidad, con representación
            del sistema ordinario y del sistema indígena ordinario campesino y, que las
            magistradas y los magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional se
            elegirán mediante sufragio universal, según el procedimiento, mecanismo
            y  formalidades de  los miembros del Tribunal  Supremo de  Justicia que
            también se eligen mediante sufragio universal. En Argentina, la expresidenta
            Cristina Fernández  envió al Congreso  de la Nación,  el día 8 de abril  de
            2013, seis proyectos para reformar al poder judicial de ese país. Una de
            las propuestas implicaba la elección por sufragio universal de los titulares
            del Consejo de la Magistratura. Las leyes fueron aprobadas en el Congreso
            argentino pero el 18 de junio de 2013 la Corte Suprema de ese país declaró
            la inconstitucionalidad de la ley, argumentando que el artículo 114 de la



            2   En este trabajo se distinguen entre características formales y materiales del nuevo constitucionalis-
                mo latinoamericano. Entre sus características formales señalan que los nuevos textos se distinguen
                por: 1) Incorporar nuevas categorías jurídicas que el viejo constitucionalismo latinoamericano no
                preveía; 2) Proponer una nueva institucionalidad basada en la aparición de nuevos órganos e insti-
                tuciones; 3) Son constituciones extensas; 4) Son constituciones complejas; y, 5) Son constituciones
                más rígidas que las tradicionales. Entre las características materiales, los rasgos que mencionan para
                el nuevo constitucionalismo latinoamericano, son: 1) Formas amplias de participación ciudadana; 2)
                Son constituciones con extensos catálogos de derechos fundamentales; 3) Son constituciones que
                proponen vías para la integración de sectores históricamente marginados como los indígenas; 4) Son
                constituciones que dotan de legitimidad democrática directa a los tribunales constitucionales; y, 5)
                Son constituciones que rescatan el papel del Estado en la economía, es decir, son constituciones anti
                neoliberales.



                                              ~ 67 ~
   62   63   64   65   66   67   68   69   70   71   72