Page 63 - Garantía de autonomía y protección de los Drechos Humanos
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El futuro de los órganos constitucionales autónomos en México
de constitucionalidad; e, 11) Intangibilidad, si los órganos constitucionales
autónomos fuesen suprimidos se lesionaría gravemente al Estado
democrático de derecho (Carpizo, 2009: 4-5).
En nuestro tiempo de exigencia democrática y de crisis de la
democracia representativa, los marcos teóricos anteriores son precarios.
Hoy sostengo que lo más importante es que los órganos constitucionales
se desprendan directamente del artículo 39 constitucional y que tanto su
origen como su ejercicio sea democrático. No pueden justificarse como
órganos elitistas, que están al margen de la sociedad.
La democracia representativa del Estado del Bienestar del siglo
XX fue, como señaló Schumpeter (Schumpeter,1962: 219 y ss.), un mero
mecanismo para la selección de élites o, como dijo Popper (Popper, 2010),
un procedimiento de destitución de gobernantes. La democracia en esta
concepción formal y minimalista se concretaba y concluía en lo electoral
sin que importara mucho la calidad de las reglas e instituciones o el nivel
de participación y deliberación de los asuntos públicos. Se trató de una
mistificación que paralizó el sentido de la democracia en el tiempo (De Vega,
2003: 465). La democracia ponía fin a la historia si era sólo una cuestión de
reglas y procedimientos para saber quién gobierna y cómo gobernará.
Las visiones minimalistas de la democracia centradas en lo electoral,
además de incorrectas son falsas si tratamos de concebir a la democracia
desde sus fines –garantizar la libertad, la igualdad y, la justicia-. Los principios
de elecciones libres, auténticas y periódicas, aunque se satisfagan no son
suficientes (Bobbio, 2003: 459-460) porque la ciudadanía no tiene sólo una
dimensión política sino una social y económica, que mira o debe mirar por el
bienestar de las personas y, que procura reforzar la civilidad y potenciar las
redes del beneficio social. No podemos ver a las personas como individuos
aislados y atomizados, la ciudadanía tiene también una dimensión
económica, es decir, los ciudadanos, deben con sus conciudadanos, decidir
qué se produce, cómo y para qué –la democracia económica a la que nunca
llegó el Estado del Bienestar- (Cortina, 2003: 418). Además, la democracia
tiene que ver con los resultados de las decisiones colectivas, éstos deben
beneficiar también a las mayorías de cada sociedad. ¿Qué sentido tiene que
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